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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 375
PARTICIPACION DELICTIVA, NO SE REQUIERE QUE ESTA SEA MATERIAL PARA QUE EXISTA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 375
Para la existencia del concurso de agentes en un hecho delictuoso, no se requiere de la participación material en la acción típica, sino que basta la existencia de una conducta de la que pueda derivarse cualquier clase de auxilio, para tener por demostrado el dolo que liga el acto del partícipe con el autor del delito, cualquiera que sea su calidad, aunque el acusado no haya sido el autor material del hecho, pero sí colaboró con éste.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 435/88. Felipe García Santiago. 13 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretaria: Margarita Márquez Méndez.
Véase:
Tesis relacionada número 13, de la Jurisprudencia 171, Primera Sala, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1985.