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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 384
PERITO, ACEPTACION Y PROTESTA DEL CARGO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 384
Si se omitió requerir al perito en el acta levantada para efectos de aceptación y protesta del cargo, para que bajo protesta de decir verdad manifestara si estaba o no impedido para aceptar el nombramiento conferido, formalidad trascendental para el resultado de la prueba pericial, procede ordenar la reposición del procedimiento para subsanar esa omisión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 235/88. Pequeños propietarios del poblado de San Pedro Mixtepec, Miahuatlán, Oaxaca. 25 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Martha Llamile Ortiz Brena.