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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230330
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 404

POSESION QUE AMPARA EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 404

Precedentes

Amparo en revisión 882/88. Enrique Ríos Estrada. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Joaquín Herrera Zamora. Secretario: Manuel Baraibar Constantino. Amparo en revisión 667/78. Salvador Leaños Salazar. 15 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Joaquín Herrera Zamora. Secretario: Manuel Baraibar Constantino. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XVII, enero de 2003, tesis VI.2o.C. J/227, página 1676, de rubro "POSESION QUE AMPARA EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 230330