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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 416
PROFESORES, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS. CASO EN QUE IMPLICA ACTO DE AUTORIDAD Y NO DE PARTICULARES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 416
La resolución de una inconformidad, por parte de dependencias de la Secretaría de Educación Pública, por haberse impugnado el cambio de adscripción de un profesor, tiene el carácter de acto de autoridad, precisamente, porque se está resolviendo un recurso planteado ante su potestad y, por ende, reúne las características necesarias para ser considerado como acto de autoridad y no de particulares.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 190/88. Manuel Aldana Gil. 5 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Juan Manuel Villanueva Gómez.