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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 423
PRUEBA DE INSPECCION, VALOR DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 423
Aun cuando la prueba de inspección propuesta por la patronal se haya desahogado en los términos propuestos, carece de valor si el actuario de la Junta no precisa en qué documento la llevó a cabo, ni menos señala si tales instrumentos se refieren al actor, omitiendo transcribir los renglones o apartados alusivos al trabajador, por lo que es violatoria de garantías la resolución que se le otorga valor pleno.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5220/87. Muebles Finos Villegas, S.A. 16 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González.