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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230446
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 463

RECURSOS ORDINARIOS. CASOS EN QUE DEBEN O NO AGOTARSE ANTES DE ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 463

Precedentes

Amparo en revisión 343/87. Arturo Castellanos Palacios. 19 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez. Véase: Jurisprudencia 401, Segunda Sala, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985. Pág. 700.
Registro digital (IUS): 230446