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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 474
REMATES, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LOS PROCEDIMIENTOS DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 474
No se consiente el acto reclamado por la circunstancia de que el quejoso haya participado en la almoneda pública, pues tratándose de remates, cualquier inconformidad de las partes contra alguno de los actos del procedimiento respectivo de ejecución, solamente puede hacerse valer contra la resolución final dictada en tal procedimiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 460/88. Lucila Concepción Soto Alcántara y coagraviados. 9 de diciembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Amado Chiñas Fuentes.
Véase:
Jurisprudencia números 259, Tercera Sala, fojas 740, cuarta parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Pág. 740.