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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 480
REPOSICION, RECURSO DE. TERMINO PARA SU INTERPOSICION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 480
De una recta interpretación con los artículos que regulan el recurso de reposición en relación con los artículos 123 y 125 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se infiere, que si el recurso de reposición sigue las reglas del recurso de revocación, debe interponerse dentro de las veinticuatro horas siguientes al en que se haya notificado el proveído impugnado, puesto que si se presenta habiendo transcurrido dicho término, el recurso debe desecharse por extemporáneo; dicho de otra manera, de acuerdo con los preceptos citados, el término para la interposición del recurso de reposición debe contarse por horas, desde el mismo momento en que se hace personalmente la notificación a la parte que ha ocurrido al tribunal o a partir de las doce horas del día siguiente de su publicación en el boletín judicial.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 942/88. Sucesión de Nemesio Pérez Inclán Martínez. 31 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez. Secretaria: Eleonora Murillo Castro.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 80/98 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 14/99, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, mayo de 1999, página 363, con el rubro: "REPOSICION., RECURSO DE. TERMINO PARA SU INTERPOSICION (CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO DE OAXACA)."