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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230515
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 497

REVISION, LA AUTORIDAD CIVIL RESPONSABLE CARECE DE FACULTADES PARA INTERPONER EL RECURSO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 497

Precedentes

Amparo en revisión 299/88. Jesús Torres Vasconcelos. 9 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Valdés García. Secretaria: Leticia Camacho Arias. Véase: Séptima Epoca, Volúmenes 205-216, Sexta Parte, página 90. Tesis No. 3 del Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, Informe de 1986, Foja 414, Tercera Parte.
Registro digital (IUS): 230515