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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 519
SEGURO SOCIAL. ACLARACIONES A LAS LIQUIDACIONES DE, PAGO DE CUOTAS OBRERO PATRONALES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 519
De una correcta interpretación del artículo 19 del Reglamento para el Pago de Cuotas y Contribuciones del Seguro Social se desprende que, cuando el patrón formula aclaraciones a las liquidaciones de pago de cuotas obrero patronales, que sólo parcialmente desvirtúan las observaciones hechas por el Instituto, éste deberá girar una nueva liquidación fundada y motivada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1301/88. Tianguis de Cocinas, S. A. de C. V. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer.