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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 532
SEGURO SOCIAL, TRABAJADORES DEL. SALARIO APLICABLE EN CASO DE PAGO DE INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL. (CLAUSULA 56 DEL CONTRATO COLECTIVO).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 532
El criterio relativo al pago de la indemnización constitucional conforme al salario vigente en la fecha del despido injustificado, es aplicable en los casos en que las prestaciones reclamadas tienen su apoyo en disposiciones de carácter legal, pero no en aquellos eventos en que las mismas derivan de los preceptos de naturaleza contractual, como acontece con la cláusula 56 del Contrato Colectivo de Trabajo que rige las relaciones laborales entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y sus trabajadores, conforme a la cual el pago de la indemnización constitucional y de la antigüedad deben ser satisfechas atendiendo a los aumentos salariales que se generen hasta en tanto no sean cubiertas en el último puesto que se haya desempeñado como trabajador de base.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3753/86. Manuel Quiñonez Martínez. 25 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.
Amparo directo 2123/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 7 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Fernando Lúndez Vargas.
Amparo directo 1783/88. Manuel Abreu Manjarrez. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Arturo Mercado López.