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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 580
TERCERO INTERESADO, PRUEBAS APORTADAS POR EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 580
Las pruebas ofrecidas por quien interviene como tercero interesado en un juicio laboral, deben ser consideradas por la junta al dictar el laudo correspondiente a efecto de no infringir el principio de congruencia previsto por el artículo 842 de la Ley Federal del Trabajo; en razón de que quien comparece con ese carácter es parte del proceso del trabajo, según se desprende de las disposiciones establecidas en los artículos 689 y 690 del mismo ordenamiento legal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9273/88. Leocadio Godínez Velázquez. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.