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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230711
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 598
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REINSTALACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO DE LOS, CUANDO SON DE PLANTA Y OCUPAN UNA PLAZA TEMPORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 598
Si un trabajador de planta ocupando otra plaza temporalmente, es despido sin justificación, no es ilegal la resolución del Tribunal de Arbitraje al condenar a la reinstalación en ambos cargos, pues al concluir la labor en el temporal deberá reintegrarse el trabajador a su base.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 655/88. H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Beatriz Valenzuela Domínguez.