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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI. 1o. J/2 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230775
- Clave de tesis
- VI. 1o. J/2
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 652
CONCEPTOS DE VIOLACION INATENDIBLES, SI EL QUEJOSO SOLO REPITE LO ADUCIDO ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 652
En los casos no específicamente determinados por la ley para suplir la deficiencia de la queja, la técnica jurídica procesal exige que los conceptos de violación estén relacionados directa e indirectamente con los fundamentos del acto reclamado, para que de esta forma queden de manifiesto los vicios de que adolezca; pero si ante la potestad federal el quejoso sólo reproduce en términos casi textuales lo que alegó ante la autoridad responsable y que fue declarado por ésta sin fundamento, tal planteamiento en el amparo resulta inatendible, porque no puede estimarse que combata las consideraciones en que se apoya el acto tachado de inconstitucional.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 344/87. Data Center del Golfo. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Joel Baltazar Castellanos.
Amparo directo 429/87. Carmen Morales López. 13 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Hugo Valderrabano Sánchez.
Amparo directo 466/87. Selecciones de Puebla, S.A. 13 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Hugo Valderrabano Sánchez.
Amparo directo 201/88. Socorro Guevara Marín y otro. 12 de julio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun.
Amparo directo 257/88. Guillermina Cervantes de Cardoso. 30 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun.