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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIII. J/1 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230790
Clave de tesis
XIII. J/1
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 668

IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA PARA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION FISCAL.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 668

Precedentes

Revisión fiscal 9/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Silva Meza. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera. Revisión fiscal 14/88. Consejo Consultivo Delegacional del Instituto Mexicano del Seguro Social. 3 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez. Revisión fiscal 18/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 3 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: María Olivia Luna Pérez. Revisión fiscal 4/88. Consejo Consultivo Delegacional del Instituto Mexicano del Seguro Social. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez. Revisión fiscal 21/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Ruth Ramírez Núñez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 541, pág. 390.
Registro digital (IUS): 230790