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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 1o. T. J/6 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230801
- Clave de tesis
- I. 1o. T. J/6
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 680
PRUEBA TESTIMONIAL, DESECHAMIENTO ILEGAL DE LA, POR FALTA DE IDENTIFICACION DE LOS TESTIGOS.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 680
De la interpretación gramatical de la fracción II del artículo 815 de la Ley Laboral, se desprende que la falta de identificación de los testigos no faculta a la Junta para desechar la prueba, pues esta determinación no la establece el invocado precepto.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1141/88. Clemente Pérez Villanueva. 16 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Gilberto León Hernández.
Amparo directo 9821/88. María de la Luz Sotres. 13 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Ricardo Larios Carrillo.
Amparo directo 9451/88. Roberto Alvarez Figueroa. 4 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: María Guadalupe Villegas Gómez.
Amparo directo 9481/88. Jesús Palacios Escalera. 4 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: María Guadalupe Villegas Gómez.
Amparo directo 9831/88. Nina Enriqueta Cerón Fuentes. 24 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: María Guadalupe Villegas Gómez.