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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 35
ABUSO DE AUTORIDAD Y COHECHO. NO SON INFRACCIONES OFICIALES SINO DELITOS COMUNES. (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 35
El abuso de autoridad y de cohecho cometido por jueces y agentes del Ministerio Público no son infracciones oficiales, sino delitos comunes, por lo que no tiene aplicación el procedimiento establecido por los artículos 489, 495, 496 del Código de Procedimientos Penales, sino el que establece el artículo 491 del propio Código y por lo tanto no se requiere la previa declaración de haber lugar a formación de causa.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 141/88. José Gonzalo García Cruz. 28 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Ruth Ramírez Núñez.