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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 40
ACCION LABORAL, PRESCRIPCION DE LA. INNECESARIO EL ESTUDIO DE LAS PRUEBAS CUANDO SE CONSIDERA OPERANTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 40
Si de las constancias del laudo impugnado aparece que la Junta responsable consideró operante la excepción de prescripción alegada por la demandada respecto a determinada acción, es innecesario el estudio de las pruebas relativas al fondo del asunto en cuanto a esa acción se refiere.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 231/87. Jorge Veranza Méndez. 2 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario:Pedro Pablo Hernández Lobato.