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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 56
ACTUACIONES DE AVERIGUACION ESCRITAS A MAQUINA. FORMA DE CORREGIRLAS. (CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA DE 1943).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 56
En términos del artículo 16 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Puebla de 1943, las actuaciones de la averiguación de los delitos pueden escribirse a máquina o a mano; sin embargo, es evidente que si el acta de una diligencia se escribe a máquina, las correcciones que en ellas se hagan, deben ser también a máquina y no a mano, y deben salvarse al final de la misma; de aceptarse lo contrario, se prestaría a que las actuaciones de un proceso se alteraran con facilidad lo cual sería en perjuicio de la administración de la justicia.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 126/88. Rufino Bautista Carrera y Eusebio Bautista Vázquez. 29 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores.