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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
230889
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 68

AGRARIO. SOLICITUD DE DOTACION DE TIERRAS FORMULADA POR UN POBLADO, FALTA DE ACUERDO A LA. LOS EJIDATARIOS DEL MISMO, POR SU PROPIO DERECHO SE ENCUENTRAN LEGITIMADOS PARA PROMOVER LA DEMANDA DE GARANTIAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 68

Precedentes

Amparo en revisión 21/88. Refugio Islas Moreno y coagraviados. 24 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.
Registro digital (IUS): 230889