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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 86
ALLANAMIENTO Y OFRECIMIENTO DE TRABAJO. EFECTOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 86
No debe confundirse el allanamiento con el ofrecimiento de trabajo, pues mientras que si se allana el patrón a la demanda, ello implica el reconocimiento de los derechos del trabajador y la liquidación de las prestaciones reclamadas, por lo que termina el juicio, el ofrecimiento del trabajo y su aceptación tienen el efecto de revertir la carga de la prueba, cuando el actor trabajador alega haber sido despedido injustificadamente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 201/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Torres Medina de González. Secretario: Ramón Sandoval Hernández.