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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 230954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 94
AMPARO LABORAL. SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 94
Si de las constancias de autos aparece que el juicio de amparo es sobre materia de trabajo pero no fue promovido por la parte obrera, cuando se deja de hacer promoción alguna tendiente a activar el procedimiento por un lapso mayor a trescientos días, resulta claro que ha operado en la especie la causa de sobreseimiento que establece el tercer párrafo de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 851/86. Sociedad Mercantil "Transportes Papantla", S. A. de C. V. 9 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Héctor Riveros Caraza.