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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231001
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 120

ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. CASOS EN QUE DEBE SOBRESEERSE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 120

Precedentes

Amparo directo 1139/87. Luz del Carmen Luna Carbajal. 4 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario. Francisco Broissin Ramos.
Registro digital (IUS): 231001