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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 126
ASALTO, SUBTIPO DEL DELITO DE. ( LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 126
El artículo 251 del Código Penal para el estado de Chiapas, contempla un subtipo del delito de asalto que pune con más severidad las conductas del o de los sujetos activos, llámense salteadores o gavilleros, que se dediquen a cometer atracos en caminos o en despoblado, de manera sistemática, con propósito de robo o algún otro beneficio de carácter lucrativo, con independencia de un diverso ilícito que resulte, violando el bien jurídico tutelado que es la paz y la seguridad de las personas en su libre tránsito.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 41/88. Genaro Leonardo Sosa Gómez. 24 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: Stalin Rodríguez López.