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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 130
AUDIENCIA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES. SUSPENSION DE LA AMPLIACION DE LA DEMANDA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 130
Si la junta responsable, dentro de la etapa de demanda y excepciones, suspende la audiencia a petición de la demandada y señala nueva fecha para continuarla, a causa de que la actora haya ampliado su demanda, agregando nuevos elementos a los contenidos en la misma, no resulta violatorio de garantías dicho proceder, pues de lo contrario se colocaría en estado de indefensión a aquélla.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 784/87. Miguel Angel Trujillo Hernández. 25 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Pedro Galeana de la Cruz.