Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/231095
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 165
CAREOS, VALOR PROBATORIO DE NUEVOS ELEMENTOS INTRODUCIDOS EN LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 165
Si bien es verdad que en los careos pueden válidamente hacerse diversas aclaraciones, no es menos cierto que si en los mismos se introducen nuevos elementos en favor del reo, tales elementos deben acreditarse también por otros medios, puesto que el sólo dicho resulta insuficiente para tener por demostrado los nuevos hechos.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 90/88. Arturo Gutiérrez Mendoza. 6 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: José Montes Quintero.