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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231204
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 211
CONVENIO NO RATIFICADO ANTE LA JUNTA, VALOR PROBATORIO DEL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 211
El convenio exhibido en juicio para demostrar la fecha en que concluyó la relación de trabajo, demuestra este hecho pese a que no fue ratificado ante la junta de conciliación y arbitraje ni contiene anotadas con claridad y precisión las prestaciones otorgadas al trabajador.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 117/87. Rubén Barajas Chávez. 3 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Armando López Morales.