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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231208
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 215

COPIAS FOTOSTATICAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 215

Precedentes

Amparo directo 337/88. María del Carmen Magaña de Olvera. 14 de marzo de 1988. Mayoría de votos. Ponente José Joaquín Herrera Zamora. Secretario: Cesar Augusto Figueroa Soto.
Registro digital (IUS): 231208