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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 223
CREDITOS FISCALES, PRESCRIPCION DE LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 223
Si bien la prescripción de un crédito es materia del recurso de oposición a la ejecución con arreglo a la fracción I del artículo 118 del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, si en contra del mismo crédito se aducen otras causas de nulidad que no pueden ser materia del citado recurso y siendo este una unidad, es claro que la actora puede acudir al juicio fiscal para impugnar este mismo acto por las causales que estime procedentes, al no poderse dividir el conocimiento de un mismo asunto (prescripción) a través de ese recurso y las demás, simultáneamente en juicio fiscal, ante la posibilidad de emitir dos resoluciones independientes que pudieran crear una situación legal contradictoria.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1485/87. Plásticos Bosco, S. A. 7 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: Aristeo Martínez Cruz.