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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231315
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 275

DOCUMENTOS PUBLICOS, CASO EN QUE NO PUEDE OTORGARSE EFICACIA PROBATORIA A LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 275

Precedentes

Amparo directo 693/88. Ubaldo Díaz Martín. 14 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Francisco Taboada González.
Registro digital (IUS): 231315