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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231345
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 290

EMPLAZAMIENTO. LOS ACTUARIOS NO TIENEN OBLIGACION DE EXIGIR QUE SE IDENTIFIQUE LA PERSONA EMPLAZADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 290

Precedentes

Amparo en revisión 147/87. Guadalupe Ruiz Méndez de Lara. 2 de febrero de 1988. Mayoría de votos de los Mgdos.: Francisco A. Velasco Santiago y Homero Ruiz Velázquez. Contra el voto del Mgdo. Marcos Arturo Nazar Sevilla.
Registro digital (IUS): 231345