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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231492
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 369

JORNADA DE TRABAJO, HORARIO DE LA. CASO EN QUE LA PRUEBA CONFESIONAL NO LO ACREDITA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 369

Precedentes

Amparo directo 2212/87. José Luis Rodríguez Cid. 10 de febrero de 1988. Mayoría de dos votos. Disidente: F. Javier Mijangos Navarro. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: Francisco Taboada González.
Registro digital (IUS): 231492