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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231520
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 382

LAUDO INCONGRUENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 382

Precedentes

Amparo directo 75/87. Pinabel Velázquez Alvarado. 10 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretaria: Yolanda Morales Romero. NOTA: Reitera el criterio de la jurisprudencia No. 159, que puede verse en la página 142, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación del año de 1985.
Registro digital (IUS): 231520