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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231554
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 401
MANDATOS, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION CONSTITUCIONAL CONTRA LA CANCELACION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LOS. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 401
La cancelación de la inscripción registral de los mandatos que no encuadren dentro de las hipótesis de irrevocabilidad a que se refiere el artículo 2570 del Código Civil del Estado de Chiapas no afecta el interés jurídico del mandatario en la medida que ningún precepto del ordenamiento legal citado le concede derecho para que subsista la voluntad del mandante, presupuesto de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 71/88. Carlos Enrique Aceves Villagómez. 7 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.