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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231631
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 612
REVISION FISCAL INTERPUESTA POR LA SECRETARIA DE HACIENDA. SU PROCEDENCIA ANTE EL TRIBUNAL COLEGIADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 612
Cuando se trata de una revisión fiscal interpuesta ante el tribunal colegiado, éste debe examinar previamente al estudio del fondo del negocio si se ha justificado su procedencia en términos del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, si se atiende a que conforme al citado artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá interponer el recurso cuando la resolución o sentencia afecte el interés fiscal de la federación y a su juicio, el asunto tenga importancia, independientemente de su monto, por tratarse de la interpretación de leyes o reglamentos, de las formalidades esenciales del procedimiento o por fijar el alcance de los elementos constitutivos de una contribución. Ahora bien, si el recurrente lo es el Subprocurador Fiscal Regional del Golfo Centro en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, y en su escrito de revisión razonó que la resolución o sentencia afecta al interés fiscal de la federación y que a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el asunto tiene importancia por encontrarse en los supuestos del cuarto párrafo del mencionado artículo 248, máxime que de las constancias de autos se aprecia que éste versa concretamente sobre las formalidades esenciales del procedimiento, resulta procedente dicho recurso, porque reúne los presupuestos exigidos por el citado artículo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 10/88. "Land de Puebla", S.A. de C.V. 23 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretaria: María de la Paz Flores Berruecos.