Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/231662
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 626
ROBO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 626
Es incorrecto tener por acreditado el cuerpo del delito de robo si se invocan simultáneamente los artículos 115 y 122 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, ya que con ello no se hace una debida fundamentación, puesto que dichos preceptos son contradictorios, en virtud de que la primera disposición establece reglas especiales y la segunda contiene una general, además de que, el artículo 115 mencionado, establece cinco reglas diferentes para la comprobación del cuerpo del delito de robo, las que serán preferidas en el orden numérico en que están colocadas, precisando conforme a cuál de ellas se justificó el ilícito, si se atiende a la regla especial.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 683/87. Angel Muñoz Rueda. 26 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Lic. Humberto Román Palacios. Secretaria: María del Carmen Villanueva Zavala.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 4/90 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 8/92, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 58, octubre de 1992, página 13, con el rubro: "CUERPO DEL DELITO, EXISTE IDENTIDAD REFERENCIAL EN LAS HIPÓTESIS DE LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN I Y 122 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL, EN LA COMPROBACIÓN DEL."