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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231711
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 656

SEGURO SOCIAL, PAGO IMPROCEDENTE DE INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL, SI NO SE HAN CUBIERTO CUANDO MENOS CUATRO COTIZACIONES SEMANALES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 656

Precedentes

Amparo directo 50/87. José Luis Ontiveros Rodríguez. 27 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Roberto Ruiz Martínez.
Registro digital (IUS): 231711