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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 684
SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL, PETICION Y ACUERDO QUE NO INTERRUMPEN EL TERMINO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 684
Si se surte la causa de sobreseimiento que prevé la primera hipótesis de la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo, debe hacerse la correspondiente declaración, no siendo obstáculo la circunstancia de que dentro del término computado exista petición que no sea de aquellas promociones a que se refiere la citada fracción V del artículo 74 de la ley de la materia, ni que el acuerdo de Tribunal sea de tal naturaleza que importe un impulso al procedimiento que interrumpa el plazo de inactividad.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 835/86. Walfre Gutiérrez García y otro. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Francisco Broissin Ramos.
Nota:
Reitera tesis de jurisprudencia No. 276 del Apéndice 1917-1985, Octava Parte.