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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231778
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 686

SOCIEDAD LEGAL, REPRESENTACION DE LA. NECESIDAD DE ACREDITARLA CUANDO SE RECLAMAN ACTOS AFECTATORIOS DE LA MISMA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 686

Precedentes

Amparo en revisión 14/87. Elías Gómez Briseño. 22 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: Manuel Cano Máynez.
Registro digital (IUS): 231778