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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 720
TERCERO EXTRAÑO, CONCEPTO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 720
En opinión de este Tribunal Colegiado, si bien la persona extraña a juicio es aquélla que no es parte en ningún procedimiento judicial, también se equipara a ella, la que siendo demandada, alegue no haber sido emplazada legalmente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 385/88. Ofelia Robles de Bañuelos. 2 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Sergio Eduardo Alvarado Puente.