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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 739
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. DERECHO A LA INAMOVILIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 739
Siendo el cese una medida grave que trasciende a la situación económica de la familia del trabajador, no puede quedar al capricho del titular, sino que debe reconocer un motivo comprobable objetivamente, o de otra manera se impediría en forma arbitraria que un trabajador de nuevo ingreso pueda llegar a los seis meses de servicio y alcanzar el derecho a la inamovilidad.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1145/87. Quejoso: Miguel Angel Carrillo. 9 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.