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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231889
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 741
TRABAJADORES DE LA MUSICA, INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 39 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO TRATANDOSE DE LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 741
Los trabajadores en su calidad de músicos se rigen por lo previsto en los artículos 304 y 305 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que aun cuando subsista la materia de trabajo, no es aplicable la disposición contenida en el artículo 39 de la propia ley.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 55/87. José Andrés López Amaral y otros. 2 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Joel Sánchez Cortes.