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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 742
TRABAJADORES EVENTUALES, PRESTACIONES RECLAMADAS POR LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 742
En los casos en que un trabajador eventual reclama el cumplimiento de diversas prestaciones, debe señalar el último período para el cual fue contratado, por ser un elemento básico de su acción y a fin de estar en posibilidad de resolver lo procedente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2121/87. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V. 25 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Miguel Castañeda Acevedo.