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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 744
TRANSPORTE DE PASAJEROS, CONCESIONES DE SERVICIOS PUBLICOS DE. CONVOCATORIA PREVIA PARA SU OTORGAMIENTO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 744
De conformidad con lo dispuesto por artículo 29 bis de la Ley de Tránsito en el Estado, cuando haya necesidad de aumentar los servicios de transporte de pasajeros y de carga, es necesario convocar a quienes se crean con derecho a las concesiones respectivas, previo el estudio socioeconómico de que habla el artículo 18 de la citada ley.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 613/87. Jorge González Velasco. 29 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretaria: Margarita Márquez Méndez.