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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231898
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 747

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, INVARIABILIDAD DE LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS ANTE EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 747

Precedentes

Amparo directo 1496/87. Industrias Eléctricas Mac's, S.A. 26 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández. Sostienen la misma tesis: Amparo directo 1916/87. Pantunflas Imperial, S.A. de C.V. 15 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández. Amparo directo 1622/87. Servicios Administrativos Continental, S.A. 29 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández. Precedente: Séptima Epoca, Volúmenes 187-192, Sexta Parte, página 177. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.A. J/4, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, noviembre de 1995, página 482, de rubro: "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, INVARIABILIDAD DE LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS ANTE EL."
Registro digital (IUS): 231898