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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 772
VISITA DOMICILIARIA, COPIA DE LA ORDEN DE. DEBE ENTREGARSE AL VISITADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 772
Para que una diligencia resulte apegada a derecho es imperativo que se entregue copia de la orden de visita correspondiente al visitado, motivo por el cual, al omitirse dicha formalidad se transgredieron en perjuicio de la quejosa las garantías de audiencia y exacta aplicación de la ley, que tutela el artículo 14 constitucional.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 10/88. Arrendamientos Nacionales, S.A. 29 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Alejandro Luna Ramos. Secretario: Juan Manuel Flores Athié.