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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.A.5 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 231979
- Clave de tesis
- I.6o.A.5
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 823
DEMANDA DE AMPARO, ACLARACION FALTANTE DE LA, RESPECTO DE AUTORIDADES INFERIORES DE UNA DEPENDENCIA. EFECTOS.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 823
El hecho de que la parte quejosa no precise, habiéndoselo requerido el Juez Federal, cuántas y cuáles eran las autoridades inferiores de una dependencia, no lo autoriza a tener por no interpuesta en su integridad la demanda de amparo correspondiente, en virtud de que es incorrecto tener por no interpuesta una demanda respecto de las autoridades de las cuales sí se satisfacen los requisitos establecidos en el artículo 116, fracción III, de la Ley de Amparo; la no interposición debe limitarse únicamente a las autoridades que no fueron precisadas.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia 786/88. Matacapan Tabacos, S.A. de C.V. 20 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: César Thomé González.
Improcedencia 966/88. Distribuidora de Tornillos, Tuercas y Similares, S.A. de C.V. 18 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretaria: María Eugenia Peredo García Villalobos.
Improcedencia 1026/88. Maquilas Ultra, S.A. de C.V. 18 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: César Thomé González.
Improcedencia 1196/88. Ferralver, S.A. 15 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretaria: María Eugenia García Villalobos.
Improcedencia 1266/88. Cerámica Santa Julia, S.A. de C.V. 22 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Alejandro Luna Ramos. Secretario: Agustín Tello Espíndola.