Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/231983
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.C.1 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231983
Clave de tesis
I.4o.C.1
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 829

EJECUCION IRREPARABLE, ACTOS DE (INTERPRETACION DEL ARTICULO 114, FRACCION IV, DE LA LEY DE AMPARO).

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 829

Precedentes

Amparo en revisión 1468/87. Rebeca Rivera Valadez viuda de Mitre, albacea de la sucesión de Manuel Mitre Mitre. 28 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: José Juan Bracamontes Cuevas. Amparo en revisión 99/88. Salvador Alvarez Navarro. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: José Juan Bracamontes Cuevas. Amparo en revisión 184/88. Octavio Novaro Peñaloza y coagraviada. 3 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretario: Luis Arellano Hobelsberger. Amparo en revisión 209/88. Elisur Arteaga Nava. 10 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: Marcela Hernández Ruiz. Amparo en revisión 304/88. Lisette Merino de Itubarry. 28 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Véanse: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Número 56, agosto de 1992, página 11, tesis por contradicción P./J. 24/92, con el rubro: "EJECUCION IRREPARABLE. SE PRESENTA, PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA ACTOS DENTRO DEL JUICIO, CUANDO ESTOS AFECTAN DE MODO DIRECTO E INMEDIATO DERECHOS SUSTANTIVOS." Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Núm. 22-24, Octubre-Diciembre de 1989, página 57, tesis por contradicción 3a. 41., con el rubro "AMPARO DIRECTO. CUANDO PROCEDE RESPECTO DE VIOLACIONES PROCEDIMENTALES." Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, tesis 244, página 164 y Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, tesis 48, página 30.
Registro digital (IUS): 231983