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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 4/89, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 5/90, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VI, Primera Parte, julio a diciembre de 1990, página 127, con el rubro: "QUEJA, RECURSO DE. ES PROCEDENTE EN CONTRA DE UNA RESOLUCIÓN DE INCOMPETENCIA QUE OMITA PROVEER RESPECTO DE LA SUSPENSIÓN DE OFICIO." Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 618, página 446.

I.6o.A.1 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
231999
Clave de tesis
I.6o.A.1
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 847

QUEJA PROCEDENTE EN CONTRA DEL AUTO DE INCOMPETENCIA EN EL QUE SE OMITE PROVEER ACERCA DE LA SUSPENSION DE OFICIO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 847

Precedentes

Reclamación en queja 5/88. Guadalupe García de Burkle. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretario: Mario Alberto Adame Nava. Reclamación en queja 1/88. Pablo de la Mora y Palomar A. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretaria: Adela Domínguez Salazar. Reclamación en queja 2/88. María Guadalupe Esteban Camacho. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: Jorge Higuera Corona. Reclamación en queja 4/88. Angel Téllez Pinedo. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: César Thomé González. Reclamación en queja 3/88. Angel Téllez Pinedo. 27 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretario: Agustín Jiménez Flores. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 4/89, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 5/90, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VI, Primera Parte, julio a diciembre de 1990, página 127, con el rubro: "QUEJA, RECURSO DE. ES PROCEDENTE EN CONTRA DE UNA RESOLUCIÓN DE INCOMPETENCIA QUE OMITA PROVEER RESPECTO DE LA SUSPENSIÓN DE OFICIO." Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, tesis 618, página 446.
Registro digital (IUS): 231999