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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
232016
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 13

ARTICULO 121 CONSTITUCIONAL. NO ESTABLECE BASES PARA LA DIVISION DE PODERES TRIBUTARIOS ENTRE LA FEDERACION Y LOS ESTADOS.

[TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 217-228, Primera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 1559/83. Ana María Mantilla Caballero. 23 de junio de 1987. Mayoría de dieciocho votos. Disidente: Ulises Schmill Ordóñez. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Luis Rodríguez Santillán.
Registro digital (IUS): 232016